Guía para trabajadores asalariados
Todo lo que necesitas saber para declarar tu renta si trabajas con contrato fijo.
¿Quién es un trabajador asalariado?
Eres asalariado si tienes un contrato de trabajo y tu empleador te retiene impuestos mensualmente de tu sueldo (Impuesto Único de Segunda Categoría).
Paso a paso
Verifica si debes declarar
Como asalariado, debes declarar si:
- • Tus ingresos anuales superan las 13.5 UTA (≈ $10.9M CLP)
- • Tuviste más de un empleador durante el año
- • Quieres solicitar devolución de impuestos
Reúne tus documentos
Antes de declarar, asegúrate de tener:
📄 Certificado de Remuneraciones
Tu empleador debe entregártelo antes del 15 de marzo. Incluye todos tus ingresos y retenciones del año.
🆔 Tu RUT y Clave Tributaria
Necesitas tu RUT y clave de acceso al SII. Si no tienes clave, puedes obtenerla en sii.cl.
🏠 Comprobantes de deducciones
Intereses hipotecarios, gastos en educación, salud, etc. (si aplican).
📊 Otros ingresos
Certificados de inversiones, intereses bancarios, otros empleadores, etc.
Ingresa al sitio del SII
Una vez que tengas todos tus documentos:
- Ve a www.sii.cl
- Inicia sesión con tu RUT y Clave Tributaria
- Selecciona "Declaración de Renta" (Formulario 22)
- El sistema mostrará información pre-llenada
Tip: El SII ya tiene la mayoría de tus datos. Tu empleador, banco, AFP, Isapre, etc., ya enviaron tu información.
Revisa la información pre-llenada
El SII mostrará automáticamente:
- • Tus rentas del trabajo (sueldos, gratificaciones, bonos)
- • Impuestos retenidos por tu empleador
- • Cotizaciones previsionales y de salud
- • Otros ingresos reportados (intereses, dividendos)
Importante: Revisa que todo esté correcto. Si encuentras errores, puedes modificar antes de enviar.
Agrega deducciones (si tienes)
Si tienes gastos deducibles, inclúyelos para reducir tu impuesto:
Intereses hipotecarios
Hasta 8 UTA anuales en intereses de crédito hipotecario para vivienda.
Gastos en educación
Crédito de hasta 4.4 UF por hijo al año en educación.
Seguro de salud
Cotizaciones de salud (Isapre/Fonasa) y seguros complementarios.
Envía tu declaración
Después de revisar todo:
- Verifica el resultado final (pago o devolución)
- Si te devuelven, elige el medio de pago (cuenta bancaria)
- Si debes pagar, selecciona el medio de pago
- Confirma y envía
- Guarda tu comprobante (puedes descargarlo en PDF)
Sigue el estado de tu devolución
Si te corresponde devolución:
- • Puedes seguir el estado en el SII
- • La primera devolución es el 26 de abril (si declaraste la primera semana)
- • Las siguientes son en mayo y junio
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no declaro y debía hacerlo?
Puedes enfrentar multas desde 1 UTM hasta 100 UTM, según la gravedad. Además, si te correspondía devolución, no la recibirás hasta que regularices.Ver más sobre multas
¿Puedo declarar aunque no esté obligado?
Sí, y te conviene hacerlo si tu empleador te retuvo impuestos y tus ingresos fueron bajos. Podrías obtener una devolución.
¿Mi empleador no me entregó el certificado, qué hago?
El certificado debe estar disponible en el SII ya que es una obligación del empleador enviarlo electrónicamente. Si hay problemas, contacta a RRHH de tu empresa o denuncia en la Dirección del Trabajo.
¿Puedo corregir mi declaración después de enviarla?
Sí, puedes presentar una declaración rectificatoria en el SII. Sin embargo, si ya recibiste devolución, el proceso es más complejo.
¿Listo para declarar?
Usa nuestras herramientas para prepararte antes de ir al SII.